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SUMMARY:RECOGIDA DE ENSERES\, PLIEGOS
DESCRIPTION: INVITACIÓN A PARTICIPAR \n  \nPRESUPUESTO PARA CONTRATO DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE ENSERES \n  \n         Por medio del presente y en cumplimiento de Acuerdo del Consejo Directivo de fecha 2 de abril de 2025\, se invita a participar a cualquier empresa con capacidad para la ejecución de este servicio. Para ello\, deberá remitir la oferta junto con los documentos a que se referencian y basen su propuesta. La oferta deberá presentarse redactada en castellano y hasta las 14:00 horas del día 29 de abril de 2025. Le informamos\, asimismo\, que el expediente se encuentra a su disposición en la Secretaría de la Mancomunidad. \nSe adjunta como Anexo I el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y como Anexo II el Pliego de Prescripciones Técnicas que ha de regir el contrato. \nPara cualquier duda puede ponerse en contacto con la Mancomunidad en el número de teléfono 987310510\, o a través del correo: mancriberesla@hotmail.com. \nEn Mansilla de las Mulas\, a 2 de abril de 2025. \n  \nPLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARA EL CONTRATO DE RECOGIDA DE ENSERES \n  \n\n\n\nCLÁUSULA PRIMERA. Objeto y calificación\n\n\n\n  \nEl objeto del contrato es la prestación del servicio de recogida de enseres en todas las localidades de la Mancomunidad de Municipios Ribera del Esla. \n  \nEl contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de suministro tal y como establece el artículo 16 de la Ley 9/2017\, de 8 de noviembre\, de Contratos del Sector Público. \n  \n\n\n\nCLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de Selección y Adjudicación\n\n\n\n  \nLa forma de adjudicación del contrato de ser\, tras efectuar consultas con diversos candidatos\, será la oferta económica más favorable para la Mancomunidad. \n  \nNo será necesario dar publicidad al procedimiento\, asegurándose la concurrencia\, es decir\, será necesario solicitar ofertas\, al menos\, a tres empresarios capacitados para la realización del objeto del contrato\, siempre que ello sea posible. \n  \n\n\n\nCLÁUSULA TERCERA. Precio del Contrato \n\n\n\n  \nEl precio del presente contrato asciende a la cuantía de DIEZ MIL €uros (10.000\,00 €) y DOS MIL CIEN €UROS de IVA (2.100\,00 €)\, que hacen un total de DOCE MIL CIEN €UROS (12.100\,00 €) \n  \nEl precio se abonará\, mediante factura\, con cargo a la partida 1621.22799 del vigente Presupuesto de la Mancomunidad para el ejercicio 2025; existiendo crédito suficiente hasta el importe aprobado por la Mancomunidad\, quedando acreditada la plena disponibilidad de las siguientes aportaciones que permiten financiar el contrato. \n  \n\n\n\nCLÁUSULA CUARTA. Duración del Contrato\n\n\n\n  \nSegún especificación en el Pliego de Prescripciones Técnicas. \n  \n\n\n\nCLÁUSULA QUINTA. Presentación de Ofertas\n\n\n\n  \nLas ofertas se presentarán en sobre cerrado en la sede de la Mancomunidad de Municipios Ribera del Esla\, Carretera Palanquinos\, s/n\, km. 1.100\, de la LE-512\, Mansilla de las Mulas-L.P. Zamora\, localidad de Mansilla de las Mulas –León- en horario de atención al público\, en el plazo que se indique en la invitación a participar. \n  \n\n\n\nCLÁUSULA SEXTA. Aspectos Objeto de Negociación con la Empresa \n\n\n\n  \nPara la valoración de las ofertas se tendrá en cuenta\, en primer lugar\, la mejor oferta económica. \n  \nSi dos o más licitadores ofreciesen la misma oferta\, se tendrá en cuenta lo dispuesto en el artículo 147 de la Ley 9/2017\, de contratos de Sector Público. \n  \n\n\n\nCLÁUSULA SEPTIMA. Prerrogativas de la Administración\n\n\n\n  \nEl órgano de contratación\, de conformidad con el artículo 190 de la Ley 9/2017\, de 8 de noviembre\, de Contratos del Sector Público ostenta las siguientes prerrogativas: \n  \n\na) Interpretación del contrato.\nb) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento.\nc) Modificación del contrato por razones de interés público.\nd) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta.\n\n  \nPLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS QUE TIENE POR OBJETO EL CORRECTO DESARROLLO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA DOMICILIARIA DE ENSERES Y VOLUMINOSOS EN LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS RIBERA DEL ESLA.     \n  \nA- CONDICIONES GENERALES \n  \n  \n1.- OBJETO   \n  \nEs objeto del presente contrato el Servicio de recogida domiciliaria de enseres en las localidades de la Mancomunidad de Municipios Ribera del Esla\, así como traslado y entrega de los residuos voluminosos recogidos\, en un centro o planta de clasificación y tratamiento. \n  \n2.- RÉGIMEN JURIDICO   \n  \nEl contrato se regirá por: \n  \n\nLas cláusulas contenidas en este pliego con carácter preferente\, así como por el pliego de condiciones administrativas particulares.\n\n  \n\nLey 9/2017\, de 8 de noviembre\, de Contratos del Sector Público\, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE\, de 26 de febrero de 2014.\n\n  \n\nLey 7/1985\, de 2 de abril\, Reguladora de las Bases del Régimen Local y Real Decreto Legislativo 781/1986\, de 18 de abril\, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.\n\n  \n\nCualesquiera otras disposiciones que regulen la contratación\, tanto a nivel estatal como de la C.A.C.yL. y local\, y que resulten aplicables al ámbito local.\n\n  \n\nEl Decreto Legislativo 1/2015\, de 12 de noviembre\, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León.\n\n  \n\nLas normas de derecho privado serán aplicables como derecho supletorio para resolver las cuestiones a que puedan dar lugar la interpretación\, efectos y el cumplimiento y extinción del contrato\, que no puedan ser deducidas por las disposiciones citadas: en todo caso la aplicación de las normas de derecho privado no podrá hacerse con olvido de las prerrogativas de la Administración.\n\n  \n3.- ÁMBITO DEL CONTRATO   \n  \nSe considera ámbito espacial del presente contrato\, la recogida de enseres en la totalidad de las localidades situadas en el término de los municipios que componen la Mancomunidad de Municipios Ribera del Esla. \n  \n4.- ENSERES OBJETO DE RECOGIDA   \n  \n1.- Se considera “enser” todo elemento desechable (reutilizable o no reutilizable) que no pueda ser eliminado por medio del servicio de recogida de basuras y en concreto: \n  \nLa recogida objeto del presente contrato incluirán los siguientes tipos de residuos propios de domicilios particulares: \n  \n\nMuebles\, sillones\, sofás\, sillas\, ventanas\, puertas….\nColchones\, canapés\, somieres.\n\nPequeños utensilios de cocina.\nCuadros\, figuras de porcelana\, vajillas\, pequeños objetos de decoración.\nPeluches y juguetes.\nEquipos deportivos tales como esquís\, bicicletas\, patines\, etc.\nGrandes electrodomésticos (frigoríficos\, lavadoras\, cocinas eléctricas o convencionales\, todos ellos de uso en el hogar nunca industriales…).\nPequeños electrodomésticos.\nAparatos electrónicos (televisores\, ordenadores\, impresoras\, fax\, …).\nHerramientas eléctricas.\nCualquier objeto de características similares a las anteriores siempre y cuando sean de origen domiciliario y tenga como fin su desecho\, recuperación o reciclaje.\n\n  \nQuedan excluidos expresamente de esta recogida:  \n  \n\nEscombros y restos de obras de construcción y demolición.\n\n  \n\n\n\n  \n\nPartes de vehículos de automoción (neumáticos\, defensas\, escapes…).\n\n  \n\nCristales de grandes dimensiones cuya recogida y manipulación pueda implicar un peligro para los trabajadores.\n\n  \n\n\n\n  \n\nCualquier otro tipo de residuos no incluido dentro de los residuos y objetos admitidos en el apartado anterior.\n\n  \n\nBotellas de vidrio\, envases\, papel\, pilas\, aceite de cocina o industrial\, residuos orgánicos.\n\n  \n2.- No se consideran “enseres” los materiales de cualquier clase y los restos orgánicos y elementos desechables provenientes de actividades industriales o comerciales\, residuos agrícolas\, residuos peligrosos\, residuos de obra mayor o menor y restos industriales. \n  \n3.- En cualquier caso no se considerará objeto de este servicio: desalojos\, limpiezas\, mudanzas o recogidas que requieran dedicar un equipo en exclusividad a ello\, o que impida la realización del mínimo de servicios establecidos y cualquier elemento que por sus dimensiones y/o peso\, requiera la utilización de grúas \n  \nB- CONDICIONES PARA LA EJECUCIÓN DE LAS PRESTACIONES OBJETO DEL CONTRATO \n  \n5.- SERVICIO DE RECOGIDA   \n  \nEl contratista deberá realizar el servicio de la recogida de enseres y voluminosos de las localidades de los términos municipales que forman la Mancomunidad de Municipios Ribera del Esla de acuerdo con las siguientes condiciones: \n  \nEl servicio será prestado en dos ciclos: \n  \nEl primer ciclo comenzará en la primera semana de julio de 2025. \n  \nEl segundo ciclo comenzará en la penúltima semana de agosto de 2025. \n  \nCada día de servicio deberán dedicar las horas que sean necesarias\, hasta retirar todos los enseres que se hayan depositado en los puntos señalados en cada una de las localidades que integran la Mancomunidad de municipios\, con los correspondientes medios personales y materiales de obligatoria adscripción al contrato\, así como su entrega en los puestos de reciclaje. \n  \nA la firma del contrato\, el adjudicatario deberá presentar la propuesta de itinerario de recogida\, que incluya las 45 localidades que integran la Mancomunidad de Municipios\, que deberá ser aprobada por el Presidente de la Mancomunidad. \n  \n  \n  \nEl contratista deberá poner a disposición de la Mancomunidad un teléfono para peticiones de recogida\, que cuente con un sistema en el que queden registradas todas las peticiones recibidas. \n  \nLos enseres serán recogidos en los puestos indicados en los anuncios que se expondrán el público en cada localidad\, con al menos dos días de antelación a la recogida de los materiales depositados. \n  \nEl contratista tendrá la obligación de descargar los materiales en instalaciones de gestores autorizados\, ya sean recuperadores\, recicladores o vertederos autorizados y que le indicará la Mancomunidad. \n  \nEn el caso de los RAEES\, éstos están regulados por una legislación específica (RD 110/2015). El adjudicatario deberá cumplir rigurosamente con lo indicado en dicho RD\, en cada uno de los pasos: control\, trazabilidad\, manipulación\, etc. \n  \nControl de recogidas y reporte de información. \n  \nEl adjudicatario del contrato deberá llevar un control de las cantidades recogidas\, diferenciando sucintamente la tipología de residuos. \n  \nSi bien la Mancomunidad podrá solicitar en cualquier momento la información necesaria para verificar el correcto desarrollo del contrato\, el adjudicatario deberá suministrar a la Mancomunidad\, con una periodicidad semanal\, de los siguientes datos: \n  \n– Resumen semanal con los pesajes diarios de objeto recogido y destino del mismo. Dividiendo entre: \n  \no Cantidades (en peso) recogidas con destino a centro de recogida de residuos. \no Cantidades (en peso) recogidas con destino a reciclaje. \n  \n6.- TRASLADO DE LOS RESIDUOS VOLUMINOSOS PARA SU ENTREGA EN LA PLANTA DE CLASIFICACIÓN Y TRATAMIENTO   \n  \nLos residuos voluminosos recogidos serán trasladados con el vehículo destinado a su recogida\, desde la localidad o localidades de recogida hasta una planta de clasificación y tratamiento de este tipo de residuos. \n  \nCon la entrega de los residuos en la planta y su tratamiento\, se debe garantizar su reciclaje en los niveles mínimos que establece la legislación ambiental vigente sobre el reciclaje de residuos. No se llevarán a vertedero materiales que no hayan pasado por un proceso previo de desguace y clasificación\, para aprovechar el máximo de materiales reutilizables o reciclables. \n  \nSe facilitará a la empresa licitadora el nombre del centro/s o planta/s de clasificación y tratamiento en el que se entregarán los residuos voluminosos recogidos en la Mancomunidad de Municipios Ribera del Esla\, las cuales deberán disponer de autorización correspondiente para la gestión del residuo de que se trate. Las empresas licitadoras deberán presentar el compromiso de que la selección\, tratamiento y gestión se realizará con gestores autorizados. \n  \nSi durante el tiempo de duración del contrato se precisa cambiar de centro o planta de entrega\, la empresa adjudicataria deberá de comunicar por escrito a la Mancomunidad el nombre del centro alternativo\, los motivos del cambio y el cumplimiento de los términos mencionados en los apartados anteriores y su justificación con los documentos correspondientes. \n  \nLa empresa adjudicataria del servicio deberá realizar todos los trámites necesarios para la gestión de los residuos recogidos en las localidades de la Mancomunidad y objeto de este contrato. Así mismo\, todos los trámites que la Mancomunidad deba realizar en relación a la gestión de los residuos corresponderá realizarlos a la empresa adjudicataria. \n  \n7.- SEGUIMIENTO DEL CONTRATO   \n  \nEl contratista deberá indicar una persona de contacto para todas las comunicaciones con el Mancomunidad. \n  \nEl contratista deberá disponer de partes de trabajo que deberá rellenar en todos los servicios prestados\, indicando los siguientes datos: nombre\, dirección de la localidad de recogida\, objetos a retirar\, día de recogida\, peso del material retirado\, observaciones y firma de la persona interesada. \n  \nLa empresa contratista deberá remitir a la Mancomunidad un informe que recoja los partes de trabajo realizados durante el periodo de recogida\, así como la siguiente información: tabla de servicios\, kilos totales recogidos\, cantidad\, peso\, concepto\, destino final\, fecha recogida e incidencias. En este informe también incluirá los datos sobre la cantidad y tipo de residuos recogidos destinados a las plantas de tratamiento y la cantidad de la fracción de rechazo al vertedero. Los informes diarios se presentarán a la Mancomunidad a la semana siguiente de la recogida. \n  \nEl adjudicatario recibirá los anuncios de recogida con la antelación suficiente para su ejecución. \n  \nLa empresa deberá informar de los servicios que presta\, con indicación de horarios y días de recogida. \n  \n8.- PLAZO DE EJECUCIÓN Y PRECIOS   \n  \nEl plazo de ejecución del contrato que se inicia en la primera semana de julio y en la penúltima semana de agosto de 2025\, y constará de los días necesarios para la recogida del total de los enseres depositados en cada periodo. \n  \nEl precio a abonar al contratista será de cinco mil euros una vez finalizado el primer ciclo y otros cinco mil euros finalizado el segundo ciclo\, sin IVA\, que se entenderá que finaliza en el momento en que haya entregado el material recogido en el punto correspondiente\, una vez recogidos los enseres de todas las localidades. El precio se le abonará al finalizar el periodo de recogida\, es decir\, al finalizar el primer ciclo en julio y al finalizar el segundo ciclo. \n  \n9.- MEDIOS MATERIALES Y PERSONALES   \n  \nLos medios personales que en todo caso deben estar adscritos a la realización de los servicios de recogida: 1 responsable de equipo-conductor-recolector. \n  \nLos medios técnicos que como mínimo deben estar adscritos a la realización de los servicios de recogida: 1 vehículo carrozado para el transporte de más PMA 3\,5 Toneladas. \n  \nLas licitadoras y la empresa adjudicataria estarán habilitadas como transportistas de residuos no peligrosos\, lo cual se acreditará mediante formulario de comunicación previa de la Dirección de Administración Ambiental de la Junta de Castilla y León\, sellada por Registro competente. \n  \nTodas las personas que desempeñen el servicio por cuenta de la empresa adjudicataria deberán hallarse debidamente aseguradas\, y cumplir la legislación laboral vigente. La Mancomunidad no tendrá ninguna relación laboral ni de otra índole con las personas que presten los servicios. \n  \n10.- RESPONSABILIDAD CIVIL   \n  \nLa empresa adjudicataria asumirá la total responsabilidad de los daños y perjuicios que\, en la ejecución del servicio\, se pudieran ocasionar a la Mancomunidad o a terceros\, debiendo acreditar la existencia de una póliza de seguro con una cobertura de al menos 300.000 euros. Este extremo deberá acreditarse al inicio de las prestaciones ante el área promotora del contrato. \n  \n11.- PENALIDADES Y RESOLUCIÓN CONTRACTUAL   \n  \n1.- El Mancomunidad\, podrá imponer sanciones diarias para el caso de cumplimiento defectuoso del contrato: \n  \n– Infracciones leves: negligencia o descuido durante la ejecución del contrato. \n  \n– Infracciones graves: desobediencia reiterada a las órdenes del Mancomunidad\, las acciones y omisiones que alteren de modo notorio la regularidad de los servicios. \n  \n2.- Las penalidades serán las siguientes: \n  \no Infracciones leves:  Multa hasta 100 € \no Infracciones graves: Multa desde 101 € hasta 500 €. \n  \n3.- Los importes de las multas impuestas se deducirán al abonar las certificaciones mensuales que se explican para el pago del servicio por el adjudicatario. Previamente\, se dará comunicación por escrito al adjudicatario de las causas en las que se basan dichas multas para que alegue lo que estime oportuno. \n  \n4.- El Mancomunidad podrá optar por la resolución contractual en caso de que no se produzca la recogida de enseres durante el plazo de una semana sin causa justificada\, por la no adscripción de los medios personales y materiales señalados como obligatorios\, y en caso de comisión de una falta grave.
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SUMMARY:LISTA DE APROBADOS EN LA OPOSICION A AUXILIAR ADMINISTRATIVO 2025
DESCRIPTION:PROPUESTA DEL TRIBUNAL CALIFICADOR \n  \nConstituido el Tribunal Calificador el día 9 de abril de 2025\, a las once horas\, en la Casa de Cultura del Ayuntamiento de Valdepolo\, a fin de celebrar la prueba para la selección de la bolsa de trabajo de Auxiliar Administrativo/a de la Mancomunidad de Municipios Ribera del Esla\, aprobadas por acuerdo del Consejo Directivo de fecha 5 de marzo de 2025 en esta Mancomunidad Ribera del Esla\, compuesto por: \n  \n– Presidencia: D. Andrés Alonso Cano. \n– Secretaria: Dª. Marta Baños Díez. \n– Vocales: \n\nEladio Rodríguez Reyero.\nPedro Luís López Obeso.\nOscar Rojo Taranilla.\n\n  \nDe acuerdo con lo dispuesto en la Base Séptima de las que rigen el proceso de selección\, los aspirantes presentados a la fase oposición de examen tipo test el día indicado\, son llamados y comparecen: \n  \n  \n\n\n\nNº\nAPELLIDOS\nNOMBRE\nDNI\nLLAMAMIENTO\n\n\n01\nALEJANDRE LLAMAZARES\nAinhoa\n***3292**\nNO ASISTE\n\n\n02\nALVAREZ MORAN\nLuz del Mar\n***1046**\nASISTE\n\n\n03\nALVAREZ UGIDOS\nRebeca\n***3606**\nNO ASISTE\n\n\n04\nANDRES MORAN\nAna Belén\n***0137**\nASISTE\n\n\n05\nANTOLIN BLANCO\nMaría Noelia\n***7606**\nASISTE\n\n\n06\nBALBAS AGUILAR\nRaquel\n***9698**\nASISTE\n\n\n07\nBARRALLO ALAIZ\nMaría Asunción\n***8822**\nASISTE\n\n\n08\nBARRERO GONZALEZ\nAlberto\n***0092**\nASISTE\n\n\n09\nBERMEJO DE LA PARTE\nEsther\n***0131**\nASISTE\n\n\n10\nCABERO ALVAREZ\nIván\n***5779**\nNO ASISTE\n\n\n11\nCALVO HERMOSO\nSaray\n***5327**\nNO ASISTE\n\n\n12\nCASTRO GONZALEZ\nNatalia\n***4347**\nNO ASISTE\n\n\n13\nCUBERO GARCIA\nCristina\n***7145**\nASISTE\n\n\n14\nFERNANDEZ ALVAREZ\nDeva\n***3072**\nNO ASISTE\n\n\n15\nFERNANDEZ FERNANDEZ\nDelia\n***3897**\nASISTE\n\n\n16\nFERNANDEZ FERNANDEZ\nMaría del Carmen\n***1356**\nASISTE\n\n\n17\nFERNANDEZ MANZANO\nAriadna\n***4895**\nASISTE\n\n\n18\nFERNANDEZ MERINO\nElena\n***0783**\nASISTE\n\n\n19\nGARCIA PEREIRAS\nAna Belén\n***4369**\nNO ASISTE\n\n\n20\nGARCIA VILLAFAÑE\nSergio\n***2404**\nASISTE\n\n\n21\nGIRALDEZ PEREZ\nSergio\n***6011**\nASISTE\n\n\n22\nGOMEZ VIÑUELA\nMaría Yolanda\n***6905**\nNO ASISTE\n\n\n23\nHERREROS TEJERO\nSilvia\n***0980**\nASISTE\n\n\n24\nIBAN ALVAREZ\nMaría Elena\n***9514**\nASISTE\n\n\n25\nLOBATO ALVAREZ\nIrene\n***5538**\nASISTE\n\n\n26\nLOPEZ LLORENTE\nMaría de las Mercedes\n***8964**\nASISTE\n\n\n27\nMANCEBO VILLAMEDIANA\nAndrea\n***6752**\nASISTE\n\n\n28\nMATEOS RODRIGUEZ\nBeatriz\n***3491**\nASISTE\n\n\n29\nMORAIS RODRIGUEZ\nMaría\n***2564**\nNO ASISTE\n\n\n30\nMORALA BARREALES\nSusana\n***2474**\nNO ASISTE\n\n\n31\nNIETO SASTRE\nAlejandra\n***4633**\nNO ASISTE\n\n\n32\nOBLANCA FERNANDEZ\nSoraya\n***3731**\nASISTE\n\n\n33\nORDAS REGIL\nSara\n***5911**\nASISTE\n\n\n34\nREQUEJO GARCIA\nNoelia\n***0484**\nNO ASISTE\n\n\n35\nRIESCO MELENDO\nMayra\n***2213**\nNO ASISTE\n\n\n36\nRODRIGUEZ DIEZ\nLidia\n***7751**\nASISTE\n\n\n37\nRODRIGUEZ MARTINEZ\nMary Carmen\n***5097**\nNO ASISTE\n\n\n38\nSAENZ DE PIPAON SIMO\nIgnacio\n***0189**\nASISTE\n\n\n39\nSAN ESTEBAN RODRIGUEZ\nMarta\n***7173**\nNO ASISTE\n\n\n40\nSANTOS DORREGO\nAna Isabel\n***2320**\nASISTE\n\n\n41\nSOTO GARCIA\nSandra\n***8501**\nASISTE\n\n\n42\nVALDIVIECO ABAD\nRaquel\n***8962**\nASISTE\n\n\n43\nVALLADARES DE LA VARGA\nMaría del Pilar\n***9323**\nASISTE\n\n\n44\nVELASCO PEREZ\nMaría Arantzazu\n***9681**\nASISTE\n\n\n\nEfectuada por el Tribunal la selección prevista en la Base Séptima por la que se dispone que será necesario la obtención de al menos 35 puntos en la primera prueba de la oposición para pasar a la realización de la prueba de concurso quedando excluido quien no supere los 35 puntos\, y de acuerdo con las puntuaciones obtenidas\, se aprueba la lista de los que han superado la prueba y la de quienes quedan excluidos por no superar la puntuación requerida. \n  \nPor lo que el Tribunal\, por unanimidad\, \n  \nACUERDA \n  \nPRIMERO.- Aprobar la lista de aprobados y excluidos en la bolsa de trabajo de Auxiliar Administrativo/a de la Mancomunidad de Municipios Ribera del Esla según la siguiente relación: \n\n\n\n            Nº\nAPELLIDOS\nNOMBRE\nDNI\nPUNTUACION\n\n\n01\nFERNANDEZ MERINO\nElena\n***0783**\n57\,75\n\n\n \nSAENZ DE PIPAON SIMO\nIgnacio\n***0189**\n57\,75\n\n\n \nSOTO GARCIA\nSandra\n***8501**\n57\,75\n\n\n04\nANDRES MORAN\nAna Belén\n***0137**\n54\,25\n\n\n05\nBERMEJO DE LA PARTE\nEsther\n***0131**\n47\,95\n\n\n \nLOPEZ LLORENTE\nMaría de las Mercedes\n***8964**\n47\,95\n\n\n07\nALVAREZ MORAN\nLuz del Mar\n***1046**\n44\,10\n\n\n08\nBALBAS AGUILAR\nRaquel\n***9698**\n43\,75\n\n\n09\nANTOLIN BLANCO\nMaría Noelia\n***7606**\n43\,40\n\n\n10\nOBLANCA FERNANDEZ\nSoraya\n***3731**\n42\,70\n\n\n11\nBARRERO GONZALEZ\nAlberto\n***0092**\n41\,65\n\n\n12\nRODRIGUEZ DIEZ\nLidia\n***7751**\n41\,30\n\n\n13\nSANTOS DORREGO\nAna Isabel\n***2320**\n40\,95\n\n\n14\nIBAN ALVAREZ\nMaría Elena\n***9514**\n40\,60\n\n\n \nVELASCO PEREZ\nMaría Arantzazu\n***9681**\n40\,60\n\n\n16\nCUBERO GARCIA\nCristina\n***7145**\n40\,25\n\n\n17\nBARRALLO ALAIZ\nMaría Asunción\n***8822**\n38\,05\n\n\n18\nMATEOS RODRIGUEZ\nBeatriz\n***3491**\n36\,40\n\n\n19\nGARCIA VILLAFAÑE\nSergio\n***2404**\n35\,35\n\n\n \nVALDIVIECO ABAD\nRaquel\n***8962**\n35\,35\n\n\n\n  \nExcluidos por no superar la puntuación mínima exigida: \n  \n\n\n\nLOBATO ALVAREZ\nIrene\n***5387**\n34\,65\n\n\nFERNANDEZ FERNANDEZ\nMaría del Carmen\n***1356**\n34\,30\n\n\nHERREROS TEJERO\nSilvia\n***0980**\n33\,60\n\n\nGIRALDEZ PEREZ\nSergio\n***6011**\n31\,85\n\n\nORDAS REGIL\nSara\n***5911**\n27\,65\n\n\nFERNANDEZ MANZANO\nAriadna\n***4895**\n25\,90\n\n\nVALLADARES DE LA VARGA\nMaría del Pilar\n***9323**\n23\,45\n\n\nMANCEBO VILLAMEDIANA\nAndrea\n***6752**\n20\,30\n\n\nFERNANDEZ FERNANDEZ\nDelia\n***3897**\n14\,00\n\n\n\nSEGUNDO.- Publicar en el tablón de anuncios de la Mancomunidad\, en su sitio web y en la se sede electrónica\, la presente propuesta. \nTERCERO.- Se convocará al tribunal para valorar la fase de concurso. \n__        En Mansilla de las Mulas\, a 9 de abril de 2025. \n_Los Vocales                                     El Presidente                                      La Secretaria \n 
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SUMMARY:RECTIFICACION LISTA FASE OPOSICION AUXILIAR ADMINISTRATIVO
DESCRIPTION:Publicada la lista de aprobados en la fase de oposición a la prueba para la selección de la bolsa de trabajo de Auxiliar Administrativo/a de la Mancomunidad de Municipios Ribera del Esla el día 11 de abril en la Sede Electrónica de dicha Mancomunidad. \n  \nPresentada y aceptada reclamación en tiempo y forma por la opositora Dª. MARIA ASUNCIÓN BARRALLO ALAIZ\, procede modificar dicha lista. \n  \nPor lo que el Tribunal\, por unanimidad\, \n  \nACUERDA \n  \nPRIMERO.- Rectificar la lista de aprobados en la bolsa de trabajo de Auxiliar Administrativo/a de la Mancomunidad de Municipios Ribera del Esla según la siguiente relación: \n\n\n\n            Nº\nAPELLIDOS\nNOMBRE\nDNI\nPUNTUACION\n\n\n01\nFERNANDEZ MERINO\nElena\n***0783**\n57\,75\n\n\n \nSAENZ DE PIPAON SIMO\nIgnacio\n***0189**\n57\,75\n\n\n \nSOTO GARCIA\nSandra\n***8501**\n57\,75\n\n\n04\nANDRES MORAN\nAna Belén\n***0137**\n54\,25\n\n\n05\nBERMEJO DE LA PARTE\nEsther\n***0131**\n47\,95\n\n\n \nLOPEZ LLORENTE\nMaría de las Mercedes\n***8964**\n47\,95\n\n\n07\nBARRALLO ALAIZ\nMaría Asunción\n***8822**\n46\,20\n\n\n08\nALVAREZ MORAN\nLuz del Mar\n***1046**\n44\,10\n\n\n09\nBALBAS AGUILAR\nRaquel\n***9698**\n43\,75\n\n\n10\nANTOLIN BLANCO\nMaría Noelia\n***7606**\n43\,40\n\n\n11\nOBLANCA FERNANDEZ\nSoraya\n***3731**\n42\,70\n\n\n12\nBARRERO GONZALEZ\nAlberto\n***0092**\n41\,65\n\n\n13\nRODRIGUEZ DIEZ\nLidia\n***7751**\n41\,30\n\n\n14\nSANTOS DORREGO\nAna Isabel\n***2320**\n40\,95\n\n\n15\nIBAN ALVAREZ\nMaría Elena\n***9514**\n40\,60\n\n\n \nVELASCO PEREZ\nMaría Arantzazu\n***9681**\n40\,60\n\n\n17\nCUBERO GARCIA\nCristina\n***7145**\n40\,25\n\n\n18\nMATEOS RODRIGUEZ\nBeatriz\n***3491**\n36\,40\n\n\n19\nGARCIA VILLAFAÑE\nSergio\n***2404**\n35\,35\n\n\n \nVALDIVIECO ABAD\nRaquel\n***8962**\n35\,35\n\n\n\nSEGUNDO.- Publicar en el tablón de anuncios de la Mancomunidad\, en su sitio web y en la se sede electrónica\, el presente acuerdo. \nTERCERO.- Se convocará al tribunal para valorar la fase de concurso. \n__        En Quintana de Rueda\, a 21 de abril de 2025. \n_Los Vocales                                     El Presidente                                      La Secretaria \n 
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