REGLAMENTO DE USO DE CAMIÓN GRÚA

REGLAMENTO PARA LA UTILIZACIÓN DE UN CAMION POLIVALENTE PROPIEDAD DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS RIBERA DEL ESLA

CAPÍTULO I.- EXPOSICION DE MOTIVOS

Artículo 1º – El presente reglamento regula el uso del camión con servicios polivalentes dotado de grúa con cesta porta-operario y cuña quitanieves aparte de los servicios propios de camión con volquete para transporte. Es un servicio que presta la Mancomunidad de Municipios Ribera del Esla para facilitar la ejecución de los servicios públicos municipales en los municipios integrantes de la Mancomunidad, ya que la adquisición de la maquinaria de forma individual, supondría un elevado coste y mantenimiento para los presupuestos municipales.


CAPÍTULO 2.- DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES


Artículo 2º- La Mancomunidad dispone de la siguiente maquinaria de su propiedad y que pone a disposición de los Ayuntamientos pertenecientes a la misma en régimen de cesión de uso con operario para utilización en la realización de obras y prestación de servicios de competencia municipal.
CAMION IVECO TRAKKER AD190T31
GRÚA PALFINGER PK 9001 EH, B, R2
CESTA PORTA-OPERARIOS (2 PERSONAS) CON ENTRONQUE
CUÑA QUITANIEVES VERTUS 3


CAPÍTULO 3.- USUARIOS


Artículo 3º- Esta maquinaria solo podrá ser utilizada para necesidades de carácter público y exclusivamente por los Ayuntamientos integrantes de la Mancomunidad o, a petición de éstos, por las Entidades Locales menores de cada municipio.
Artículo 4º.- Excepcionalmente y por la acreditada existencia de necesidades inexcusables que así lo justifiquen, y la Presidencia autorice de manera extraordinaria podrá utilizase por parte de alguna otra Administración Pública diferente de las mencionadas, debiendo dar cuenta de ello al Consejo de la Directivo en la siguiente sesión que se celebre.
Artículo 5º- Los Ayuntamientos usuarios de las máquinas quedan obligados a financiar el coste de dicho servicio conforme a la ordenanza reguladora de su precio público en función de su tiempo de uso, y características del servicio a prestar.


CAPÍTULO 4.- CRITERIOS DE PRIORIDAD PARA SU USO


Artículo 6º- La utilización del camión polivalente será solicitada, con la antelación suficiente, por el Ayuntamiento interesado en la prestación del servicio.
Artículo 7º- En función de la naturaleza de la prestación, el servicio podrá clasificarse en:
a) Servicio ordinario
b) Servicio urgente.
Artículo 8º- Servicio Ordinario:
Se considerará servicio ordinario aquél que en función de la naturaleza de las obras o servicios para las que se solicite, no requieran la utilización inmediata o urgente de dicha máquina en el lugar de actuación. El criterio de prioridad de uso lo establecerá la fecha y hora del registro de entrada de la solicitud en la Mancomunidad.
Artículo 9º- Servicio Urgente:
Se considerarán aquellos que requieran la disponibilidad inmediata de las máquinas para trabajos o servicios que no puedan demorarse por especiales circunstancias de seguridad pública, como pueden ser roturas de tuberías de agua, o redes de alumbrado, catástrofes, o acontecimientos que afecten al total de la población e impidan la prestación del servicio municipal. El criterio de prioridad de uso lo establecerá la Presidencia
Artículo 10º- En caso de coincidencia en fecha de registro y de uso, será establecido por la Presidencia, en función de la necesidad y utilidad del trabajo o servicio público a realizar.


CAPÍTULO 5.- SOLICITUDES


Artículo 11º- La solicitud del uso de la maquinaria se cursará por el Alcalde del Ayuntamiento o concejal delegado, a la Mancomunidad, mediante fax, correo electrónico o cualquier otro medio que permita acreditar su recepción y fecha de envío, de acuerdo con el modelo que se indica en el anexo I, salvo por carácter urgente, que deberá ser solicitado y autorizado vía telefónica, en cualquier momento por la Presidencia de la Mancomunidad.
Artículo 12º – El Ayuntamiento solicitante tendrá derecho a su utilización con prioridad absoluta y sin dilación alguna, por orden de registro de entrada de la solicitud, salvo que estuviera siendo utilizado por la propia Mancomunidad en otro servicio.
Para el supuesto de concurrencia en la demanda de la maquinaria, entre varios municipios, sus Alcaldes/as respectivos podrán gestionar entre sí, y en función de sus respectivas necesidades la solución más justa, que deberán comunicarla por cualquier medio a esta Mancomunidad.
Artículo 13º- No podrán establecerse fechas fijas, ni reservar su uso para próximos años.


CAPÍTULO 6.- USO DE LA MAQUINARIA


Artículo 14º – Una vez confirmada la presentación del servicio por la Mancomunidad y el Ayuntamiento solicitante, éste deberá comprometerse a:
1) Firmar el parte de inicio y finalización del servicio.
2) Poner a disposición de la Mancomunidad a una persona que indique la ubicación y características el servicio a realizar.
3) Disponer de un recinto para depósito de la maquinaria, en caso de permanecer en el municipio durante varios días.
4) Que los accesos, así como el lugar de trabajo, sean municipales, o cuenten con la autorización del propietario para el paso o trabajos a realizar.
5) Comprobar que se ha señalizado convenientemente la zona de trabajo.
6) Facilitar el material necesario, así como el personal para realizar trabajos específicos fuera del manejo del camión.
Artículo 15º – La realización del servicio, estará condicionada a la viabilidad del trabajo por el personal encargado de la Mancomunidad, pudiendo negarse a realizarla, si las condiciones climáticas, del suelo o de seguridad no lo recomendaran.
Disposición Adicional.
Plazos. Se autoriza a la Presidencia de la Mancomunidad, a fijar los plazos o términos previstos en el artículo 10 en función de la forma de gestión del servicio, mediante Decreto correspondiente.
Disposición final:
El presente reglamento entrará en vigor al día siguiente de la publicación de su texto íntegro en el Boletín Oficial de la provincia de León.
El presente Reglamento, que consta de quince artículos, una disposición adicional y una disposición final fue aprobado por la Asamblea de Concejales en sesión ordinaria celebrada el día 31 de marzo de dos mil diez.”


ANEXO I


SR/A ALCALDE/SA: ……………………………………………………………………………………………………………………..
MUNICIPIO: ……………………………………………………………………………………………………………………………………
Por la presente Expone: Que solicita la prestación del servicio del camión de la Mancomunidad para realizar los siguientes trabajos:

PERIODO


Desde la hora _____ del día _________ hasta la hora del día _______
Comprometiéndome a realizar el servicio en las condiciones y con las formalidades recogidas en el reglamento, así como al pago de la tasa correspondiente.


AUTOLIQUIDACION


Importe de la Tasa…………………………35,00 €/hora
Total horas de alquiler……….………….._
IMPORTE TOTAL………………………_

En ______________, a ____ de _____ de 2.0__

FIRMA
SR. PRESIDENTE DE LA MANCOMUNIDAD RIBERA DEL ESLA

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